Validez de las entradas: 90 días a partir de la fecha de compra. Entrada no reembolsable.
De conformidad a lo establecido en el Real Decreto 1316 /2001 modificado por el Real Decreto 1340/2007, de 11 de octubre, para acreditar la Condición de Residente, será necesario: 1. El Documento Nacional de Identidad y, para los españoles menores de 14 años que no dispongan de dicho documento, el Certificado del Ayuntamiento en el que residan. 2. Para los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea o de los demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, el documento acreditativo será el Certificado de Registro expedido por el Registro Central de Extranjeros que, deberá en todo caso acompañarse del documento nacional de identidad o pasaporte en vigor. 3. Si en el Documento Nacional de Identidad no consta el domicilio que da derecho a la bonificación, éste puede presentarse junto con un Certificado expedido por el Ayuntamiento en el que los interesados tengan su residencia y, ajustado en todo caso al modelo oficial del Ayuntamiento correspondiente, teniendo una validez de 6 meses a partir de la fecha de expedición.
Estos documentos sólo serán eficaces a los efectos de la acreditación de residencia, cuando estén en vigor y, en ellos conste expresamente el domicilio de residencia que da derecho a la bonificación. La exhibición de los mencionados documentos se entenderá como declaración de responsabilidad del beneficiario sobre la vigencia de sus datos y su condición de residente.
IMPORTANTE: En el caso de que el Cliente no presente ninguna documentación válida acreditativa de su residencia, no será aceptada la entrada, teniendo que adquirir otra entrada sin descuento de residente.
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